sábado, 15 de noviembre de 2008

UNA Y OTRA VEZ SOBRE LA “JUSTICIA” BOLIVIANA Pronunciamiento No. 37

23-09-08
Ya constituye un “lugar común” criticar a la justicia boliviana y sobre todo a los administradores de justicia: abogados, jueces, fiscales, vocales y ministros. Ahora bien, tampoco es raro, desde el punto de vista materialista histórico, criticar no solamente la administración de justicia, sino al concepto mismo de justicia junto con el concepto de legalidad.

Con motivo del fracaso del golpe de Estado prefectural-empresarial implementado por el tristemente famoso CONALDE, y sobre todo el develamiento de la inícua masacre-genocidio cometida por Leopoldo Fernández en su condición de prefecto de Pando; se ha abierto una nueva etapa en el voraginoso proceso político que vive nuestro país.

Con el fracaso de la ofensiva sediciosa y ante el juzgamiento del principal responsable del CONCURSO de delitos de LESA HUMANIDAD (Genocidio, art. 138 del C.P., de diez a veinte años; Terrorismo, art. 133, de quince a veinte años; masacre sangrienta, sedición, art. 123, asesinato, art. 252, homicidio, art. 251, lesiones gravísimas, art. 270, lesiones graves y leves, art. 271, lesiones seguida de muerte, art. 272, vejaciones y torturas, art. 295, delitos contra la libertad de prensa, art. 296, Allanamiento de domicilio o sus dependencias, art. 298, robo, art. 331 y 332, etc., etc.); se presenta un recurso nuevo y diferente en defensa de los privilegiados encontrados con las manos en la masa en la comisión de los ilícitos; se trata de la acción apresurada e interesada de los “magistrados” y tonsurados que en nuestro país fungen de representantes de una cierta y singular “JUSTICIA”, de proteger al delincuente mediante la iniciación de un juicio de “responsabilidades” que haría posible la inmediata libertad de Fernández.

Como se puede apreciar no se trata de uno u otro delito, se trata, en verdad de un conjunto muy abigarrado de ilícitos de una gravedad inconmensurable que no puede ser minimizado, so pena de encubrimiento. Por ello cualquier investigación, cualquier juzgamiento debe ser no solamente permitido sino estimulado a fin de hacer imposible la impunidad que se avisora en la actuación parcializada y vergonzosa de la mayoría de los administradores de “justicia”.

En el caso presente, la vida, los derechos, la justicia que claman las víctimas de Pando, no tienen la menor importancia para estos representantes singulares de la “Justicia”. No., solamente interesa la situación particular del señor Fernández que debe ser exonerado de culpa a la brevedad posible, para que, nuevamente como Prefecto, siga haciendo de ese pobre Departamento su hacienda.

Toda la maquinaria “judicial” se ha movido con una diligencia que asombra para defender los “derechos” del encausado. La “Excelentísima” Corte Suprema de Justicia de la Nación, en forma apresurada ha emitido una orden disponiendo la inhibitoria del juez de la causa y la remisión “inmediata” de los actuados, así como la del detenido, a conocimiento de la Fiscalía General de la República.

Esta disposición parecería correcta desde el punto de vistas estrictamente jurídico, empero, pasa por alto, el argumento fundamental: se trata de delitos de LESA HUMANIDAD, POR LO CUAL SU JUZGAMIENTO DEBE SER ESPECIAL Y POR SOBRE LA LEGISLACIÓN NACIONAL QUE TIENE MÍNIMAS POSIBILIDADES DE ADMINISTRAR UNA JUSTICIA EQUILIBRADA, DADA LA DEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL DE LOS INTERESES DE LAS CLASES DOMINANTES DE NUESTRO PAIS.

En primer, constitucionalmente, rige el Estado de Sitio en el departamento de Pando y algunos de los instigadores y supuestos sujetos responsables de los crímenes denunciados fueron confinados en algunas regiones del país. Leopoldo Fernández no puede ser una excepción y por lo mismo debe permanecer bajo la custodia del Ministerio de Gobierno.

Empero este último no es más que un detalle, lo principal es el carácter “in-fraganti” que tienen los delitos cometidos.

Por cualquier camino que se tome, lo principal es hacer imposible la IMPUNIDAD concretamente del señor Leopoldo Fernández y sus cómplices directos.



Jorge Echazu Alvarado.
PC mlm.
Echazu.jorge@gmail.com
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